El régimen de clases pasivas: ¿cómo son las pensiones de los funcionarios?
Dentro de nuestro sistema de pensiones nos encontramos con diferentes tipos de condiciones a la hora de jubilarnos. Una gran parte de los trabajadores cotiza bajo el Régimen General de la Seguridad Social, pero muchos otros todavía lo hacen por el Régimen de las Clases Pasivas, el cual cuenta con ciertas peculiaridades.
Dentro de nuestro sistema de pensiones nos encontramos con diferentes tipos de condiciones a la hora de jubilarnos. Una gran parte de los trabajadores cotiza bajo el Régimen General de la Seguridad Social, pero muchos otros todavía lo hacen por el Régimen de las Clases Pasivas, el cual cuenta con ciertas peculiaridades.
¿Cómo es la pensión de un trabajador en caso de pertenecer al Régimen de Clases Pasivas? ¿Cuáles son las características clave de este régimen?
Si quieres saberlo todo sobre las clases pasivas y saber cuáles son las peculiaridades de sus condiciones de jubilación, no puedes perderte este artículo.
¡Empezamos!
¿Qué son las clases pasivas?
Las clases pasivas son un régimen especial dentro de la Seguridad Social en el que recaen los funcionarios y cargos públicos que no cuentan con condiciones funcionariales.
El objetivo de este régimen es ofrecer protección a este tipo de trabajadores frente a los riesgos de vejez, incapacidad y muerte. También en caso de supervivencia a determinados colectivos que prestan servicios al Estado.
Cabe destacar que desde el 1 de enero de 2011 ya no se admiten a más funcionarios dentro del Régimen de Clases Pasivas de ahí que se trate de un régimen "en peligro de extinción". El RD 13/2010 ha establecido que los nuevos funcionarios contratados a partir de enero de 2011 ya tendrán que cotizar bajo el Régimen General de la Seguridad Social.
¿Qué trabajadores pertenecen a las clases pasivas?
Podemos incluir dentro de las clases pasivas a los siguientes trabajadores:
- Los funcionarios de carrera de carácter civil de la Administración del Estado.
- El personal militar de carrera, de las escalas, de complemento, de tropa y marinería profesional que tuvieran adquirido el derecho a permanecer en las Fuerzas Armadas hasta la edad de retiro.
- Todos los funcionarios de carrera de la Administración de Justicia.
- Los funcionarios de carrera de las Cortes Generales.
- Los registradores de la propiedad.
- Los funcionarios de carrera de otros Órganos Constitucionales.
- Funcionarios de carrera transferidos a las diferentes Comunidades Autónomas.
- Los funcionarios en prácticas pendientes de su incorporación definitiva al servicio del Estado.
Es decir, dentro del régimen de clases pasivas están los profesores, jueces, fiscales, funcionarios, militares, policías y guardias civiles.
En España contamos con unos 640.000 jubilados dentro del régimen de clases pasivas y cerca de unos 700.000 trabajadores activos cotizando en este régimen.
La principal ventaja del régimen de clases pasivas
Aquellos trabajadores que todavía están bajo este régimen cuentan con ciertas ventajas en cuanto a las condiciones de acceso a la jubilación y en la forma de cálculo de la pensión de jubilación.
Si eres de los que todavía no tiene claro cuál será su pensión de jubilación, en Livetopic te enseñamos tu futuro escenario:
La ventaja más popular de este régimen es que en este caso los trabajadores podrán optar a una jubilación anticipada a partir de los 60 años siempre y cuando hayan cotizado al menos 30 años. En el caso de tener cotizados 35 años podrán jubilarse de forma anticipada a los 60 cobrando el 100% de su pensión de jubilación.
Esto hace que, generalmente, los trabajadores dentro de las clases pasivas tiendan a jubilarse antes que los del régimen general.
Con la nueva reforma de pensiones, estos trabajadores no sufrirán penalizaciones por el anticipo de su jubilación, pero como novedad, los pensionistas de clases pasivas tendrán la misma regularización que el resto de trabajadores en cuanto a la revalorización e incentivos por la demora de su jubilación.
La cuantía de la pensión en las clases pasivas
Ahora que ya sabes lo más relevante sobre el funcionamiento de las clases pasivas seguramente te estés preguntando lo siguiente: ¿Cuál es la cuantía de la pensión de jubilación de un trabajador perteneciente a las clases pasivas?
Para acceder a una pensión de jubilación bajo el régimen de clases pasivas necesitaremos haber cotizado al menos, durante 15 años bajo este régimen. Eso sí, dependiendo del haber regulador (el equivalente e la base reguladora para los funcionarios) y de los años trabajados, la pensión correspondiente será una u otra.
En función de la categoría de cada trabajador nos encontraremos con distintas bases, las cuales vienen reflejadas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. En 2021 han sido las siguientes:
- A1 (licenciados, diplomados y grados con un nivel de responsabilidad mayor): 42.563,68 € anuales.
- A2 (licenciados, diplomados y grados con menor nivel de responsabilidad): 33.498,68€ anuales.
- B (técnicos superiores): 29.333,53€ al año.
- C1 (Bachiller o Técnicos): 25.727, 56€ al año.
- C2 (Enseñanza Secundaria Obligatoria): 20.354,76€ al año.
- E (Agrupaciones profesionales): 17.354,06€ al año.
A estas cifras se les aplica un porcentaje por cada año trabajado bajo este régimen de forma que, con el mínimo de años cotizados (15 años), tendremos derecho a una pensión del 26,92% del haber regulador y se tendrá derecho a la pensión completa si se han cotizado al menos 35 años.
En este enlace puedes consultar toda la información necesaria sobre los haberes reguladores y los porcentajes a aplicar.
A pesar de que desde 2011 ya no se incluyan a más trabajadores dentro de este régimen, muchas personas siguen cotizando bajo estas condiciones, de ahí que siga siendo interesante conocer todas las peculiaridades de las clases pasivas.
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