¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros?
¿Has escuchado hablar alguna vez del Consorcio de Compensación de Seguros? Estamos seguros de que en alguna ocasión lo has escuchado pero quizás no tengas claro qué es y cuál es su funcionalidad.
¿Has escuchado hablar alguna vez del Consorcio de Compensación de Seguros? Estamos seguros de que en alguna ocasión lo has escuchado pero quizás no tengas claro qué es y cuál es su funcionalidad.
Cuando hablamos de alguna entidad vinculada a alguno de nuestros seguros, lo primero que suele venirnos a la cabeza es la aseguradora. Pero en ocasiones, la aseguradora no es quien cubre el riesgo.
El Consorcio de Compensación de Seguros también puede jugar un papel clave en la cobertura que ofrecen muchos seguros.
¿Quieres saberlo todo sobre el Consorcio de Compensación de Seguros? ¡Sigue leyendo!
¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros?
El Consorcio de Compensación de Seguros (CSS) es una entidad pública española que depende directamente del Ministerio de Economía.
La función principal del Consorcio de Compensación de Seguros es la de cubrir riesgos extraordinarios como pueden ser catástrofes naturales o cualquier siniestro causado por el ser humano (como pueden ser los incendios).
Las aseguradoras aportan parte de sus ingresos a esta entidad para que pueda ofrecer cobertura en casos extraordinarios como los mencionados anteriormente.
Este organismo actúa a nivel global y gracias a él el riesgo se mutualiza o se reparte. Es decir, gracias al Consorcio de Compensación de Seguros las zonas en las que existe una mayor probabilidad de producirse alguna catástrofe natural no pagan un sobrecoste por su seguro.
¿Cómo funciona el consorcio?
Entender cómo funciona el Consorcio de Compensación de Seguros es sencillo.
Si revisamos en detalle alguna de nuestras pólizas de seguro veremos como una parte de la prima que pagamos va destinada al CCS.
De esta forma el consorcio consigue financiación y se crea un fondo monetario pensado para cubrir indemnizaciones que no cubren otras aseguradoras como las producidas por catástrofes naturales.
Puede decirse que el CCS sirve a las aseguradoras privadas como vía de apoyo fundamental para poder hacer frente al pago en caso de producirse algún hecho extraordinario.
Para que el consorcio se haga cargo en caso de producirse alguno de los riesgos excepcionales que se encarga de cubrir, necesitamos tener un seguro que nos cubra y proceder a realizar la reclamación ya sea a través de la web oficial del CCS o por teléfono.
Una vez lista y procesada la reclamación, el organismo procederá al pago de la indemnización a través de una transferencia bancaria. Esta indemnización sólo se pagará al beneficiario, al tomador o al asegurado del seguro estipulado en la póliza y el pago deberá realizarse en un plazo de hasta 3 meses tras la realización.
¿Qué coberturas ofrece el Consorcio de Compensación de Seguros?
Como hemos visto, el consorcio, a diferencia de una aseguradora privada tradicional, sólo tiene como labor ofrecer cobertura en ciertos casos poco habituales, es decir, en situaciones excepcionales.
Las coberturas básicas más populares que suele ofrecer esta entidad son las siguientes:
- Riesgos causados por catástrofes naturales: como pueden ser erupciones volcánicas, inundaciones, embates del mar, terremotos, maremotos, tornados, caídas de cuerpos siderales o daños por fuertes vientos.
- Daños causados por actos violentos como pueden ser los provocados por el terrorismo. Esta cobertura se extiende tanto a bienes situados en España como a daños personales de los asegurados españoles en cualquier parte del mundo.
- También se incluye cualquier daño ocasionado por el ser humano que se identifican como relacionados con rebelión, sedición, motín y actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempos de paz.
¿Cómo conseguir cobertura ante este tipo de situaciones?
Para poder contar con este tipo de coberturas en estas situaciones necesitamos tener contratado algún seguro.
Una vez contratamos un seguro determinado, una parte de la prima que pagamos ya se dirige automáticamente al CCS para que podamos contar con este tipo de protección ante eventualidades extraordinarias.
Por ejemplo, en el caso de los seguros de vida. Si contamos con una póliza de vida que no cubre ciertos casos en el fallecimiento del titular como puede ser, el fallecimiento a causa de un acto terrorista, será el consorcio el encargado de indemnizar a los beneficiarios de dicho seguro. Esto se debe a que la causa es un hecho extraordinario no contemplado por la aseguradora privada.
¿Cómo hacer una reclamación a esta entidad?
El método para realizar alguna reclamación en el Consorcio de Compensación de Seguros es muy sencillo.
Podremos hacerlo a través de su página web oficial o bien, por vía telefónica (900 222 665). En ambos casos necesitarás aportar varios datos clave para formalizar la reclamación.
Estos datos suelen ser:
- Los datos de la póliza de seguro (entidad aseguradora y el número de la póliza).
- Algunos datos personales como tu nombre y apellidos, razón social, DNI, dirección y teléfono de contacto.
- Los datos bancarios para proceder al pago de la indemnización.
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