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Pensiones y jubilación en 2021: ¿qué cambia?

Tras todo lo sucedido este último año, la economía de nuestro país ha sufrido grandes repercusiones que han hecho que se valoren nuevas medidas en relación con nuestras pensiones y nuestra jubilación.

Publicado por livetopics
Lun, 11 enero 2021, 11:23

Tras todo lo sucedido este último año, la economía de nuestro país ha sufrido grandes repercusiones que han hecho que se valoren nuevas medidas en relación con nuestras pensiones y nuestra jubilación

Hemos oído hablar varias veces durante el 2020 sobre el ya conocido Pacto de Toledo, pero ¿cuáles son finalmente las nuevas medidas y cómo nos afectan a la hora de jubilarnos?

Debemos intentar estar al tanto de todos los nuevos cambios para poder planificar nuestra jubilación y asegurarnos de esta forma un retiro laboral lo más tranquilo posible

Pero somos conscientes de lo complicado que es estar al día con tanta información y tantos cambios constantes… Por eso queremos facilitaros el proceso con este artículo. 

A continuación, os resumimos los nuevos cambios y os daremos consejos para planificar la jubilación de manera sencilla en este 2021

¿Se retrasa la edad de jubilación?

La edad de jubilación estipulada por ley en 2020 en España era de 65 años y 10 meses para aquellas personas que tengan cotizados menos de 37 años.  

¿Pero cuál es la edad de jubilación en 2021? Aquellas personas que deseen jubilarse con 65 años y alcanzar el 100% de su pensión este año deberán tener cotizados al menos 37 años y tres meses, de no ser así, la edad de jubilación ascenderá a los 66 años.  

Esto implica un aumento progresivo con el paso de los años de la edad y el periodo mínimo de cotización necesario para jubilarnos, hasta alcanzar en 2027 los 67 años y un periodo de cotización de 38 años y 6 meses. 

El objetivo es que la edad de jubilación se acerque cada vez más a la legal. La media actual de jubilación en nuestro país es de 64,6 años, es decir, un año antes de lo estipulado por ley. 

Para que el sistema de pensiones mejore su sostenibilidad se vuelve cada vez más interesante el retraso de la edad de jubilación y la posible creación de nuevos incentivos futuros para aquellas personas que opten por retrasar el momento de su retiro laboral.

Estos nuevos incentivos todavía no están vigentes, si quieres consultar cómo te afectaría actualmente jubilarte a una edad superior a la establecida de por ley, puedes consultarlo en este enlace.

Cómo calcular la pensión de jubilación en 2021

Lo primero que necesitaremos para calcular nuestra pensión de jubilación es conocer la base reguladora y a partir de ahí tendremos que aplicar ciertos porcentajes

Para poder realizar el cálculo de nuestra pensión en 2021 debemos tener en cuenta los últimos 24 años cotizados (288 meses) anteriores al mes previo de nuestro retiro laboral. 

Estos 288 meses tendremos que dividirlos entre 336 para poder determinar la base reguladora teniendo en cuenta además de las 12 pagas ordinarias, las 2 pagas extras que recibiremos como pensionistas. 

Si tienes dudas sobre el cálculo de tu pensión de jubilación en Livetopic te ayudamos a determinarla de forma rápida: 

escenario-de-jubilacion-pensiones-y-jubilacion-en-2021

Una vez determinada nuestra base reguladora tendremos que aplicar unos porcentajes determinados. 

Durante el 2021 se mantiene el 50% para los 15 primeros años cotizados y los porcentajes a aplicar para los próximos años también se mantienen en comparación con los aplicados en 2020, es decir, por cada mes adicional tendremos que sumarle al 50% anterior un 0,21% y al a partir de los 146 meses se pasará a añadir un 0,19%.

La revalorización de las pensiones con el IPC

Otra de las novedades es que el Pacto de Toledo tendrá como referencia el Índice de Precios de Consumo (IPC) cada año a la hora de actualizar el importe de las pensiones. 

¿Qué implicará esta novedad en las pensiones? Traerá una revalorización en función del IPC, es decir, un 0,9%, por lo que la pensión máxima de jubilación ascenderá a 2.707 € al mes y la pensión mínima será de hasta 851 € mensuales para las personas de 65 años o más.

Esto implica una subida del entre 2 y 11 euros al mes de las pensiones mínimas contributivas en comparación con el año anterior. 

En el caso de las pensiones no contributivas la revalorización será el doble del IPC, es decir, se revalorizarán un 1,8%. 

El objetivo de esto es intentar mantener el poder adquisitivo de las pensiones según el IPC real.

Cotización de los autónomos por sus ingresos reales

El Pacto de Toledo también trae consigo medidas que afectan a los autónomos, ya que en este se ha propuesto que puedan cotizar según sus ingresos reales

Esto implica la posibilidad de que los autónomos puedan elegir su cuota en función de la previsión de ingresos reales. 

Esta nueva medida viene motivada por la razón de que la mayoría de los autónomos cotizan por las bases mínimas. Se pretende que al comenzar a cotizar según los ingresos reales las prestaciones por cese de actividad y las pensiones de jubilación de este colectivo de trabajadores sean más elevadas en el futuro.

Fiscalidad de los planes de pensiones

Este nuevo año también viene acompañado de nuevas medidas fiscales en relación con los planes de pensiones.

Hasta este año, los planes de pensiones nos permitían desgravar hasta 8.000€ pero en 2021 se valora la opción de introducir futuros cambios y hacer que el límite máximo a desgravar pase a ser de 2.000€.

Contar con un producto de ahorro para la jubilación es cada vez más importante dado que nos ayudará a garantizar una jubilación tranquila en el futuro, pero los planes de pensiones no son la única opción existente en el mercado. 

A pesar de ser el producto más popular para planificar nuestra jubilación, podemos valorar otras alternativas como un PIAS o un fondo de inversión. 

Si quieres empezar a planificar tu jubilación y a valorar distintas alternativas que te ayuden a complementar tu pensión pública, en Livetopic te ayudamos. 

Obtén tu Planificación Financiera gratuita y analizaremos tu caso para poder darte recomendaciones personalizadas. 

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