Consejos
Soy autónomo, ¿necesito realmente un seguro de baja laboral?
Los españoles somos muy dados a dar consejos a los demás, y es muy típico cuando tenemos un amigo o un conocido que decide montar un negocio por su cuenta o independizarse en su profesión pasando a ser autónomo decirle; “¿te harás un seguro?”.
Publicado por livetopics
Jue, 13 diciembre 2018, 9:00
Los españoles somos muy dados a dar consejos a los demás, y es muy típico cuando tenemos un amigo o un conocido que decide montar un negocio por su cuenta o independizarse en su profesión pasando a ser autónomo decirle; “¿te harás un seguro?”. Pero la primera pregunta que deberíamos hacernos es: ¿sabemos realmente qué es y cómo funciona un seguro de bajas? En general, existen dos modalidades de seguros de ILT (incapacidad laboral temporal) o comúnmente conocidos como seguros de baja.
- En primer lugar, tenemos los seguros de baja diaria o baja real. Estos productos se caracterizan por pagarte una cantidad de dinero determinada por cada día que te encuentres de baja médica otorgada por tu médico de cabecera. Esto, no impide que algunas aseguradoras tengan sus propios revisores médicos y en las condiciones particulares de la póliza incluya alguna cláusula que establezca que si el médico de la compañía considera que esta persona esta apta para trabajar, la compañía aseguradora decida no pagar más días de baja.
- Por otro lado, tenemos los seguros de ILT de baja baremada. Estos se caracterizan por recoger en un baremo una amplia lista de dolencias y enfermedades con sus correspondientes días de recuperación, estos días son los que considera la aseguradora que tardaría una persona en estar apta para trabajar y, por lo tanto, son los días que le abonará al cliente como indemnización. Esta segunda modalidad se suele caracterizar por no ser necesario que la persona tenga la baja médica para poder cobrar, será necesario presentar el parte médico detallando de forma exhaustiva la dolencia que padeces, ya que la aseguradora únicamente pagará los días que ella considera por baremo. Hemos que tener en cuenta que en este segundo caso existen pólizas que contemplan que una persona no se recupere para el trabajo en los días indicados por baremos. En estos casos, dependiendo de la compañía y de la póliza, esta procedería a un segundo pago de indemnización.
- La primera es sencilla, se trata de analizar tus gastos mensuales (teniendo en cuenta que si eres autónomo tienes que seguir pagando tu cuota) y calcular que gastos totales tienes tú a nivel personal al mes para dividirlos entre 30 días y tendrás la cobertura diaria que deberías contratar.
- La segunda manera sería analizar qué cantidad de dinero es necesaria para contratar a una persona que pueda hacer el trabajo que tú haces. Esto no siempre es posible pero en casos que sea posible será una opción. Por ejemplo, contratar a un fontanero que pueda seguir atendiendo tu cartera de clientes o complementar a tu equipo de fontaneros para que la empresa pueda seguir su actividad normal, tus ingresos seguirían viniendo de la facturación de la empresa. Esto es posible si la modalidad de seguro contratado es la de baja baremada ya que no se necesita la baja médica para cobrar la indemnización. Es importante diferenciar entre los gastos de la empresa y tus gastos personales. Los que debe de cubrir el seguro de baja o ILT son tus gastos personales, ya que son los que atiendes con tu sueldo y en el caso de ser autónomo al no poder trabajar no podrías facturar.