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¿Me afecta la subida del Salario Mínimo?

La aprobación de la subida del salario mínimo interprofesional es ya una realidad aprobada por el Consejo de Ministros. Pero… ¿Cómo nos afecta esto?

Publicado por marketing
Mié, 22 febrero 2023, 9:23

La subida del salario mínimo interprofesional es ya una realidad aprobada por el Consejo de Ministros. Pero… ¿Cómo nos afecta esto? 

Esta subida será de un 8% con respecto al salario mínimo anterior, lo que hace que el SMI ascienda hasta los 1.080€ mensuales repartidos en 14 pagas, es decir, 15.120 euros anuales. 

Estas subidas han sido muy notorias desde los últimos años, pues el SMI ha pasado de los 735,0 euros en 2018 a los actuales 1.080 euros, lo que supone una subida del 47%. 

Pero… ¿Qué efectos tiene una subida en el salario mínimo interprofesional? ¿Afecta esta subida? ¿Quién se beneficia de esta nueva subida?

¡Sigue leyendo para saber más!

¿A qué trabajadores les afecta la subida en el salario mínimo?

Esta subida en el salario mínimo no afecta a todos los trabajadores, sino que sólo se podrán beneficiar de esta medida aquellos que trabajen a jornada completa (40 horas semanales) y cobren menos de 14.000 euros anuales.

Será indiferente que el trabajador tenga derecho a cuatro pagas extras o que estas estén prorrateadas, lo que debemos revisar para saber si nos afecta la subida en el SMI es el salario anual. 

Debemos tener en cuenta que en caso de trabajar a jornada parcial, tendremos que conocer el importe del salario mínimo proporcional al coeficiente de parcialidad que aparece en el informe de vida laboral de cada trabajador. 

¿Desde cuándo será visible el efecto en el salario mínimo?

Esta nueva medida que implica la subida en el salario mínimo lleva teniendo efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2023. 

Esto implica que, con independencia de cuándo se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE), los trabajadores que puedan beneficiarse de este incremento salario percibirán la cuantía correspondiente al pasado mes de enero en su nómina de febrero.

¿Afecta la subida del SMI a los subsidios e indemnizaciones?

El incremento en el salario mínimo también ejerce un efecto claro en el cobro de subsidios para desempleados mayores de 45 años con responsabilidades familiares, o bien, en las prestaciones para mayores de 52 años o para la paga extraordinaria de las personas desempleadas. 

Entre los requisitos necesarios para poder beneficiarnos del subsidio por desempleo tenemos el de no percibir rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional. 
Esto supone que el límite de ingresos para percibirlos subirá desde 750 euros hasta 810 euros mensuales.

¿Cómo afecta a las pensiones?

Otro aspecto a tener en cuenta es que las bases mínimas de cotización se incrementarán en la misma medida en la que aumenta el salario mínimo lo que supone una subida en la cuota mínima de cotización. 

Esto determinará un aumento en la recaudación de cotizaciones sociales y un incremento de las prestaciones futuras de aquellos trabajadores que coticen por la base mínima. 

Cuanto mayor sea el salario, mayor será la base de cotización, lo que implica una mayor base reguladora en el futuro utilizándose esta en el cálculo de nuestra pensión y provocando una subida en esta (ya sea nuestra pensión de jubilación, pensión por incapacidad…) 

¿Cómo puedo reclamar si cobro menos del SMI?

Por ley, con esta nueva medida el sueldo mínimo que debe cobrar un trabajador a jornada completa es de 1.080 euros brutos al mes en 14 pagas, independientemente de si este tiene o no las pagas extras prorrateadas. 

Ten en cuenta que el SMI engloba tanto el salario base como los complementos o pluses que se reflejan en la nómina. 

En caso de que estés cobrando un salario inferior al SMI actualizado podrás reclamar a la empresa para que te abonen la cantidad establecida por ley, estás en tu total derecho de hacerlo.

El primer paso para reclamar será comunicarlo a la empresa y solicitar que tu salario sea el que indica la nueva ley. En caso de que la empresa se niegue y no quiera negociar, el trabajador tendrá un plazo de un año para formalizar la reclamación desde el momento en el que esta subida se incluya en el BOE. 

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