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Educación financiera

¿Puedes cobrar dos pensiones de jubilación?

¿Perteneces al grupo de trabajadores que puede cobrar dos pensiones de jubilación? Lo habitual es que una vez nos retiramos laboralmente tengamos derecho a una única pensión de jubilación, pero hay excepciones.

Publicado por livetopics
Vie, 10 septiembre 2021, 8:30

¿Perteneces al grupo de trabajadores que puede cobrar dos pensiones de jubilación? Lo habitual es que una vez nos retiramos laboralmente tengamos derecho a una única pensión de jubilación, pero hay excepciones. 

Nuestras cotizaciones serán las que determinarán la cuantía de la pensión de jubilación que vamos a percibir cuando nos jubilemos. Los regímenes bajo los que hemos cotizado también son clave ya que, pueden hacernos cobrar dos pensiones de jubilación.

Aunque es algo poco habitual, existen algunas excepciones que hacen que algunas personas tengan derecho a cobrar dos pensiones de jubilación. Te contamos todas las características necesarias para que se produzca esta situación excepcional.

¡Empezamos!

¿Quién puede cobrar dos pensiones de jubilación?

Como os contábamos, lo normal es que sólo tengamos derecho a cobrar una única pensión cuando nos jubilemos, pero existen casos excepcionales en los que sí se pueden cobrar dos pensiones de jubilación.

Es el caso de aquellos trabajadores que hayan trabajado y cotizado en dos regímenes diferentes de la Seguridad Social y cumplan con los requisitos específicos exigidos por cada régimen.

El ejemplo más claro es el de aquellas personas que han trabajado por cuenta ajena y también como autónomos a lo largo de su vida laboral.

Requisitos necesarios para cobrar ambas pensiones

No solo basta con haber trabajado para los dos regímenes, necesitamos cumplir con ciertos requisitos para tener derecho a obtener las dos pensiones de jubilación.

El interesado en cobrar ambas pensiones debe cumplir los requisitos específicos establecidos por cada uno de los dos regímenes para los que ha cotizado.

El primer requisito clave que debemos cumplir es el de tener los años de cotización y la edad mínima necesaria para poder acceder a la jubilación. Es decir, debemos tener cotizados al menos 37 años y 3 meses para jubilarnos a los 65 años o bien, en caso de tener menos años cotizados, esperar a alcanzar los 66 años.

Además, para poder cobrar ambas pensiones es imprescindible estar dado de alta en ambos regímenes en el momento en el que se realiza la solicitud de la jubilación. O bien, si solo está dado de alta en uno, deberá acreditar que ha cumplido con el periodo mínimo de cotización en ambos regímenes. 

Otro de los requisitos esenciales para poder cobrar ambas pensiones es el de tener una cotización mínima de 15 años en cada uno de los regímenes y al menos dos de esos deben haberse producido en los 15 años previos a la solicitud de la jubilación.

¿Cuánto se cobra con las dos pensiones?

Por último, la pregunta del millón y la que por lo general, más nos importa a todos: ¿Cuánto se cobra por cada una de las pensiones?

Para saber la cuantía que nos correspondería en cada una de las pensiones tendremos que realizar los mismos cálculos que debemos hacer en el caso de cobrar una única pensión. 

Si todavía no sabes cuál será tu futura pensión y no conoces tu escenario de jubilación, en Livetopic te ayudamos a descubrirlo:

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Para el período mínimo de cotización de 15 años, se establece que la pensión a la que tendrá derecho el trabajador será del 50% de su base reguladora.

En caso de no alcanzar el mínimo de años cotizados, tendrá derecho únicamente a la pensión mínima estipulada por ley. Las pensiones mínimas pueden ser, según la situación personal de cada trabajo, las siguientes:

  • Las personas sin cónyuge: en el caso de tener 65 años o más la pensión mínima será de 689,70€/mes. Los menores de 65 años cobrarán 645,30€/mes.
  • Personas con cónyuge a cargo: en este caso, si se trata de un jubilado de 65 años o más, la pensión que podrá cobrar será de 851€/mes, en el caso de ser menor de 65 años, la pensión será de 797,90€/mes.
  • Por último, las personas con cónyuge no a cargo: en el caso de los jubilados de 65 años o más la pensión mínima será de 654,60€/mes y en el caso de ser menor de 65 años, será de 609,90 €/mes.

Esta cifra puede ir aumentando dependiendo de la situación de cada trabajador y de los porcentajes que se van añadiendo a la base reguladora. Eso sí, la suma de ambas pensiones nunca podrá superar la cuantía máxima de 2.707,49€ al mes, cifra determinada por el Real Decreto de revalorización de las pensiones.

Tips extra para planificar tu jubilación

Empezar cuanto antes a planificar nuestra jubilación es cada vez más importante.

Independientemente de si tienes derecho a cobrar una o dos pensiones, lo esencial es conocer la cuantía total a percibir y compararla con tu salario actual. De esta forma podrás valorar si esta cifra será suficiente para que puedas mantener tu nivel de vida cuando te jubiles.

Para poder asegurarnos una jubilación tranquila y garantizar que podremos mantener nuestro nivel de vida actual, os recomendamos empezar cuanto antes a crear un plan para vuestra jubilación que nos ayude a complementar la pensión pública con ahorro privado. 

En Livetopic te ayudamos a hacerlo de forma sencilla. Obtén tu Planificación Financiera gratuita para que podamos analizar tu situación personal y darte las recomendaciones que necesitas para poder tener una jubilación tranquila.

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