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Seguro de protección de pagos: ¿es obligatorio?

Son varios los seguros que entran en juego cuando una entidad bancaria nos concede un préstamo. Entre los seguros que suele ofrecernos en este momento está el seguro de protección de pagos.

Publicado por marketing
Mar, 16 agosto 2022, 10:50

Son varios los seguros que entran en juego cuando una entidad bancaria nos concede un préstamo. Entre los seguros que suele ofrecernos en este momento está el seguro de protección de pagos. 

¿Sabes en qué consiste un seguro de protección de pagos? ¿Qué coberturas aporta este tipo de seguro? ¿Es obligatorio contratar este seguro para acceder a un préstamo? ¿En qué casos puede resultarnos interesante contratarlo? 

Son muchas las dudas que pueden surgir cuando hablamos de los seguros de protección de pagos. 

Si no tienes claro cómo funciona este seguro y tienes dudas sobre si deberías adquirirlo o no… ¡Sigue leyendo!

¿Qué es un seguro de protección de pagos?

El seguro de protección de pagos es una póliza que se contrata ligada a un contrato financiero que normalmente son préstamos hipotecarios, préstamos al consumo o personales  y tarjetas de crédito. 

Este seguro está pensado para proteger al titular frente a una situación que pueda llevarle a complejidades a la hora de hacer frente al pago de una deuda. 

Podemos decir que el principal objetivo de un seguro de protección de pagos es compensar la pérdida de ingresos que puede sufrir el titular del seguro a causa de una incapacidad temporal, una situación de desempleo o incluso el fallecimiento. 

Los elementos principales en un seguro de protección de pagos

Dentro del seguro de protección de pago, los elementos clave que conforman este contrato y que nos ayudarán a entender el funcionamiento de esta póliza a la perfección son: 

  • El objeto asegurado: que en este caso es el riesgo a sufrir alguna situación que implique la disminución o pérdida de ingresos. Estas situaciones suelen ser el desempleo, una incapacidad permanente, fallecimiento, hospitalización o incapacidad permanente o absoluta.
  • El asegurado, que será el titular de este contrato financiero. 
  • El mediador, que en este caso suele ser la entidad financiera en la que se ha firmado el préstamo.
  • El beneficiario será la entidad financiera, dado que será esta la encargada de destinar el capital de la indemnización al pago de la deuda pendiente.

Las coberturas básicas de un seguro de protección de pagos

Son varias las situaciones personales que podemos tener, y por lo tanto, el seguro de protección de pagos puede ofrecernos diferentes tipos de coberturas dependiendo de nuestras necesidades. 

Las coberturas básicas que puede ofrecernos este seguro son:

1. Cobertura por desempleo

En este caso el riesgo frente al cual estamos cubiertos es el desempleo. 

Ante esta situación contaremos con el respaldo económico acordado en el momento de contratación para poder seguir haciendo efectivos los pagos de la deuda pendiente con la entidad financiera. 

Generalmente se exige una relación laboral de entre 6 y 12 meses con el mismo empleador, aunque en algunos casos no se exige ningún plazo mínimo. 

2. Cobertura por incapacidad temporal 

En este caso el riesgo cubierto será la incapacidad temporal o baja.

Es decir, la situación física reversible que provoca el impedimento del asegurado para realizar su actividad laboral o profesional a causa de un accidente o enfermedad.

 3. Incapacidad permanente absoluta 

En este caso contaremos con cobertura frente a una situación de incapacidad permanente absoluta. 

Lo que implica la incapacidad por condiciones de salud contrastadas médicamente, que llevan al asegurado a quedar impedido para la realización de cualquier actividad laboral o profesional. 

4. Cobertura en caso de fallecimiento

El seguro de protección de pagos también puede ofrecernos cobertura frente al fallecimiento a causa de un accidente o enfermedad. 

Esta cobertura es complementaria al resto de garantías que correspondan en base a la situación personal del asegurado. 

Esta cobertura no suele ser muy frecuente encontrarla en los seguros de protección de pagos asociados a préstamos hipotecarios dado que suelen implicar unos elevadísimos importes en caso de siniestro. 

5. Hospitalización

Otra cobertura en este tipo de seguros es la de hospitalización

Entendiendo por este riesgo el internamiento en un Centro Hospitalario, Centro Sanitario o Clínica como consecuencia de una enfermedad o accidente. 

Ojo con las exclusiones de este seguro

Al igual que en todos los seguros, este cuenta con ciertas exclusiones que debemos tener en cuenta antes de contratarlo.

En el contrato del seguro de protección de pagos podrás encontrar una descripción detallada en la que se especificarán las coberturas y también las exclusiones. Lee atentamente este apartado para tener claras todas las exclusiones de la póliza. 

Estas limitaciones y exclusiones de cobertura deben estar destacadas en la póliza y haber sido aceptadas de forma expresa por el tomador del seguro. 

¿Es obligatorio contratar un seguro de protección de pagos?

Esta es sin duda, la pregunta estrella a la hora de valorar la opción de contratar un seguro de protección de pagos… ¿Tendremos que contratar este seguro obligatoriamente? 

Los bancos suelen ofrecer estos seguros como una cobertura adicional a la hora de firmar una hipoteca o bien algún préstamo para garantizar la amortización de los gatos, pero este seguro no es obligatorio. 

A pesar de que muchas entidades te insistirán y te recomendarán este producto , ten claro que por ley, no estás obligado a tenerlo, aunque sí puede ser muy recomendable para que puedas contar con la protección necesaria frente a ciertas eventualidades. 

Diferencias entre un seguro de protección de pagos y un seguro de vida

Puede que llegados hasta este punto te preguntes qué opción deberías contratar, un seguro de vida o uno de protección de pagos, para garantizar el pago de tus deudas si se produce tu fallecimiento o bien, frente otras situaciones como puede ser una incapacidad. 

Lo cierto es que estos productos cuentan con ciertas similitudes, pero las diferencias son claras. 

Un seguro de vida te ofrece cobertura en caso de fallecimiento y en caso de incapacidad, pero la cobertura de este va un paso más allá que la ofrecida por un seguro de protección de pagos. 

Pues el capital asegurado en un seguro de vida no sólo está pensado para hacer frente al pago de nuestras deudas, sino también para ayudarnos a cubrir aspectos básicos como son, por ejemplo, la manutención o los estudios futuros de nuestros hijos. 

Además, en un seguro de vida eres libre a la hora de elegir a los beneficiarios, mientras que en un seguro de protección de pagos el beneficiario siempre será la entidad financiera. 

En Livetopic te ayudamos a descubrir el seguro de vida que mejor se adapta a tu situación para que puedas contar con una protección diferencial de cara al futuro. 

Completa nuestro formulario para que podamos analizar tu caso y darte las recomendaciones que necesitas para asegurar tu futuro y el de tus seres queridos. 

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